Póliza de Cumplimiento


Cubre el pago de los perjuicios ocasionados por el incumplimiento del contratista hacia el contratante en las obligaciones establecidas en el contrato, caución judicial o disposición legal según sea su reglamentación, es decir, entre particulares o ante entidades estatales.

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Póliza de cumplimiento

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¿CUÁNDO ES REQUERIDA LA PÓLIZA DE CUMPLIMIENTO?

La póliza de cumplimiento podrá ser exigida en la suscripción de un contrato, ya sea de naturaleza pública o privada, garantizando la minimización del impacto en caso de que el contratista incurra en un incumplimiento.

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DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA EL TRÁMITE DE LA PÓLIZA DE CUMPLIMIENTO

● Contrato firmado por todas las partes.
● Registro único tributario (RUT).
● Documento de identificación.
● Estados Financieros comparativos de los dos últimos periodos.
● Formulario de conocimiento del cliente diligenciado con firma y huella legible.
● Declaración de renta del último periodo (si declara).
● Relación de experiencia.

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● Contrato firmado por todas las partes.
● Registro único tributario (RUT).
● Documento de identificación del representante legal.
● Certificado de existencia y representación legal, con vigencia menor a 60 días.
● Estados Financieros comparativos de los dos últimos periodos.
● Formulario de conocimiento del cliente diligenciado con firma y huella legible.
● Declaración de renta del último periodo (si declara).
● Relación de experiencia.

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GARANTÍAS SEGÚN SU REGLAMENTACIÓN

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La póliza de cumplimiento a favor de entidades particulares cubre los perjuicios generados por el incumplimiento del contratista en las obligaciones generales y particulares pactadas en el contrato, orden de servicio, orden de compra, etc., regidos por la legislación civil y comercial.
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Esta póliza cubre a las entidades estatales del orden nacional, departamental y municipal frente al incumplimiento parcial o total de las obligaciones a cargo del contratista, así como las cláusulas penales o multas impuestas a éste.
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La póliza de Disposiciones Legales cubre el incumplimiento imputable derivado de las obligaciones establecidas en la constitución política, ley, decretos, resoluciones y en general cualquier acto administrativo que expida la entidad de orden nacional, departamental o municipal del Estado Colombiano.
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Las pólizas judiciales son garantías ordenadas por entidades que administran la justicia, en el curso de un proceso o diligencia judicial, asegurando que se cumpla lo dispuesto por el juez en fundamento con la norma del procedimiento judicial.
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PRINCIPALES COBERTURAS

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Cumplimiento del Contrato

Cubre los perjuicios derivados a la entidad contratante por el incumplimiento de las obligaciones del contratista establecidas en el contrato.

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Seriedad de la oferta

Es presentada por los oferentes en la licitación, la cual cubre el valor de los perjuicios causados por el contratista a la entidad en la no suscripción del contrato dentro de los términos y condiciones establecidos en el pliego de condiciones.

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Estabilidad y calidad de la obra

Garantiza el arreglo o la reconstrucción de las obras en caso de deterioros o daños ocurridos siempre y cuando sean responsabilidad del contratista.

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Calidad del Servicio

Garantiza la calidad del servicio prestado en los contratos de prestación de servicios.

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Calidad del bien o servicios y
correcto funcionamiento de los equipos

Garantiza la calidad de los bienes o el correcto funcionamiento de los equipos, se exige en los contratos de suministro de bienes.

Buen manejo y correcta
inversión del anticipo

Cubre a la entidad contratante frente a la apropiación indebida que el contratista haga con los dineros o bienes que se le hayan entregado de manera anticipada para la ejecución del contrato.

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Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales

Cubre el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de los trabajadores en virtud de la solidaridad laboral entre el contratista y el contratante por las obligaciones con los trabajadores del contratista.

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